FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

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Motoviajero
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por Motoviajero »

Leyeron la nota que deje? :book2:
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por YBR2010 »

Motoviajero escribió:Leyeron la nota que deje? :book2:
Estuve leyendo un poco recien, sabia el tema de vialidad porque lo habia visto en la pagina. Por lo pronto ayer me llego un segundo aviso y este ya por $1150 obviamente la dejan tirada, despues lo leo bien y me pongo las pilas en mandarles el descargo por carta documento.

Feliz Año 2013!!!
JULIO.
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Motoviajero
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por Motoviajero »

:thumbup:
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por YBR2010 »

Torito escribió:Bueno, aportando al debate (no polémica) les traigo este link del foro de abogados y un modelo de descargo para que lo analicen:

http://www.portaldeabogados.com.ar/foro ... 28#p686518



Sres. Policía de XXXXXXX
Dirección de Prevención y Seguridad Vial
(Direccion xxxxxxx – Provincia xxxxx)
Provincia de XXXXXXX

De mi consideración:
(NOMBRE COMPLETO), DNI xx.xxx.xxx, por derecho propio, con domicilio real en la calle XXXXXXXX de la localidad de XXXXXXX Provincia de XXXXXX, en mi carácter de titular del rodado Marca XXXXXXX Modelo XXXXX Dominio XXXXX Año XXXXX, vengo por la presente a efectuar el correspondiente descargo contra la multa que me fuera impuesta mediante Acta de Infracción Nº XXXXXX, manifestando en este acto el total rechazo de la misma. Ello con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen.

I - HECHOS:
En razón de la prudencia que caracteriza mi forma de conducir – sobre todo cuando llevo pasajeros conmigo – manifiesto que al circular en jurisdicción de la Provincia de XXXXXX - que impuso la multa - lo hice de manera prudente, sin cometer infracción alguna y con pleno control del vehículo como lo establece la normativa vigente, cumpliendo con lo establecido por la ley nacional Nº 24.449 en su Art. 50.
La imputación que se efectúa en mi contra, consistente en haber incurrido en exceso de velocidad, deviene improcedente por carecer totalmente de sustento fáctico y jurídico. En referencia a ello, debo poner de resalto que habiendo divisado varios carteles indicativos de la velocidad máxima permitida (XXX km/h), mantuve la circulación constante de mi vehículo a XXXX km/h, respetando en consecuencia el límite establecido por la legislación mencionada en su Art. 51 inc b) 1. En efecto, mal puede sostener la comuna que la velocidad máxima permitida fuera de XXX km/h (como consta en el acta de infracción), si los carteles indicativos al costado de la ruta habilitan una velocidad superior. En consecuencia, niego categóricamente y de manera absoluta la comisión de la infracción que se me imputa, solicitando se revea la misma y se proceda a dejarla sin efecto.-
Sin perjuicio de que el juez conoce el derecho, es dable destacar que existen graves vicios formales que tornan nula de nulidad absoluta la actuación, ya que la mencionada ley 24.449 establece la obligatoriedad de la Notificación Fehaciente con Constancia de recepción (Art.69), requisito cuya inobservancia torna nulo el procedimiento por violentar el derecho constitucional de defensa. Asimismo, la misma ley 24.449 ordena -según lo señala textualmente- que el control debe efectuarse con la presencia de inspectores municipales o comunales debidamente identificados que deberán (art. 70 de dicha ley) detener al conductor y redactar el respectivo acta de infracción para garantizar el derecho constitucional de legítima defensa, procedimiento que la comuna que impuso la multa incumple de manera radical, dejando nuevamente de lado la normativa vigente.
Podría considerarse que con el mencionado mecanismo se violenta la presunción de inocencia (art. 18 CN) que rige a favor del imputado de la comisión de una infracción administrativa, por lo que no basta una simple fotografía que fue tomada sin cumplimentar las disposiciones legales vigentes, para servir de suficiente prueba de cargo.
Por lo tanto, no puede soslayarse que en el ámbito del procedimiento administrativo de faltas son plenamente eficaces los principios contenidos en la normativa penal procesal y de fondo, con sus bases constitucionales, a los que reenvía en forma expresa el art. 90 de la Ley Nacional de Tránsito (Ley Nº 24.449).

Por consiguiente, el incumplimiento palmario del procedimiento legal cometido por la comuna, torna nula de nulidad absoluta su actuación, configurando una clara violación de la norma invocada y una demostración notoria del sesgo recaudatorio y no preventivo del control efectuado.
Sintetizando, la OBLIGATORIEDAD de efectuar el procedimiento con inspectores surge expresamente de la ley de tránsito, y la imposición de multas fotográficas tomadas por radar, muy lejos está de cumplir con lo que la ley establece.

II – DERECHO:
Fundo el derecho que me asiste en lo normado por la ley 24.449.-

III – PETITORIO:
Por ello, y en razón de lo expuesto, solicito:

1- Se tenga por presentado el descargo en legal tiempo y forma. Oportunamente y previo trámite legal, se declare la nulidad del acta Nº 184269 y se den por concluidas las actuaciones iniciadas, notificándome fehacientemente la resolución adoptada.

2- En la hipótesis de que esa comuna ratifique la multa y rechace el presente descargo, hago reserva de acudir a la Justicia Ordinaria a fin de obtener la nulidad del decisorio.

3- Invoco el art. 71 de la Ley Nacional de Tránsito 24449, respecto del derecho a ser sometido a juicio en el ámbito del juez con competencia territorial de mi domicilio.
Sin más, a la espera de una resolución conforme a derecho, saluda atte.-
Consulta esta nota se debe enviar de puño y letra en carta documento o como puede ser???
JULIO.
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tano
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por tano »

Lo que yo puedo aportar es que. La provincia de entre rios esta fuera de convenio. Osea, la foto multa funciona. Ellos te sacan la foto y a pocos kms te paran para que pagues la multa. Si no, no podes seguir y al estar fuera de convenio no te pueden mandar la foto multa a tu casa. En cuanto al chaleco. Al final es obligaorio el uso del chaleco julio?

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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por YBR2010 »

tano escribió:Lo que yo puedo aportar es que. La provincia de entre rios esta fuera de convenio. Osea, la foto multa funciona. Ellos te sacan la foto y a pocos kms te paran para que pagues la multa. Si no, no podes seguir y al estar fuera de convenio no te pueden mandar la foto multa a tu casa. En cuanto al chaleco. Al final es obligaorio el uso del chaleco julio?

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Tanito feliz año!!, no es obligatorio. pero siempre esta el que no conoce y te lo pide, voy a averiguar nuevamente en la vial si existe algun decreto posterior al 1187 que lo aclare.
Abrazo!
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por LUIS DE LA PLATA »

tano escribió:Lo que yo puedo aportar es que. La provincia de entre rios esta fuera de convenio. Osea, la foto multa funciona. Ellos te sacan la foto y a pocos kms te paran para que pagues la multa. Si no, no podes seguir y al estar fuera de convenio no te pueden mandar la foto multa a tu casa. En cuanto al chaleco. Al final es obligaorio el uso del chaleco julio?

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Tano...fui en Marzo pasado a Colon (Entre Rios) y luego de un par de meses me llego una fotomulta a mi domicilio por exceso de velocidad ( creo en un lugar de 80 pase un poco mas de 90) y me parece que no vi una de esas ya famosas Kangoo que estan al costado de la ruta :angry
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por YBR2010 »

LUIS DE LA PLATA escribió:
tano escribió:Lo que yo puedo aportar es que. La provincia de entre rios esta fuera de convenio. Osea, la foto multa funciona. Ellos te sacan la foto y a pocos kms te paran para que pagues la multa. Si no, no podes seguir y al estar fuera de convenio no te pueden mandar la foto multa a tu casa. En cuanto al chaleco. Al final es obligaorio el uso del chaleco julio?

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Tano...fui en Marzo pasado a Colon (Entre Rios) y luego de un par de meses me llego una fotomulta a mi domicilio por exceso de velocidad ( creo en un lugar de 80 pase un poco mas de 90) y me parece que no vi una de esas ya famosas Kangoo que estan al costado de la ruta :angry
La pagaste???? yo les voy a despachar la carta documento, hoy hablando con la gente de Policia Vial, me comento que son recaudatorias y que ellos estan obligados a detenerte luego de haber detectado la falta, sino lo hacen se torna ilegal y ademas el hecho de estar a mas de 60 km. deberiamos poder asistir a un juez de nuestra juridiccion para efectuar el descargo y tambien deberian haber realizado la entrega con certificado de recepcion!!! En sintesis unos malandras!!!!!
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por LUIS DE LA PLATA »

Si...en su momento la pague...pero me gustaria saber donde esta escrito todo lo que se dice para no pagarla (mas alla de las notas de descargo) porque muchas de las cosas son comentarios...ese dia a mi nadie me paro pero seguramente iba a mas de lo permitido...
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Re: FotoRobo Multa Recaudatoria Entre Rios Ruta 14

Mensaje por Oaky »

Atentos a esta nueva info respecto a las rutas a la costa ...

http://www.foronx4.com.ar/index.php?topic=5369

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